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Condenado Alejandro Gil: cadena perpetua y 20 años de prisión

by Equipo de Redacción
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Condenado Alejandro Gil: cadena perpetua y 20 años de prisión

Condenado Alejandro Gil: cadena perpetua y 20 años de prisión

Imagen: tsp.gob.cu

 

El Tribunal Supremo Popular informó que este lunes 8 de diciembre de 2025 notificó las sentencias de dos procesos penales contra el exministro de Economía y Planificación, Alejandro Miguel Gil Fernández. En la primera causa fue declarado culpable, entre otros, de espionaje y delitos contra la actividad económica y la contratación, recibiendo una sanción conjunta de privación perpetua de libertad.​

En el segundo proceso se le atribuyeron delitos de cohecho continuado, falsificación de documentos públicos, tráfico de influencias y evasión fiscal, también de carácter continuado. Por estos hechos el Tribunal impuso una pena conjunta de 20 años de privación de libertad, además de la confiscación de bienes y la prohibición de ejercer cargos con manejo de recursos.​

Juicios cerrados y falta de transparencia

Aunque se trata de uno de los casos penales más graves contra un alto funcionario en décadas, las vistas orales se celebraron entre el 11 y el 13 de noviembre y luego entre el 26 y el 29 de ese mes sin acceso público ni de prensa independiente. El propio Tribunal reconoció que el juicio por espionaje se realizó “a puertas cerradas”, amparándose en la ley procesal que permite sesiones secretas en causas de seguridad del Estado.​

Esta opacidad contrasta con la magnitud política del caso: un exministro juzgado por espionaje y corrupción sin observadores externos, sin publicación de pruebas ni acceso al expediente para la ciudadanía. La combinación de acusaciones de alta traición, lenguaje moralizante y hermetismo procesal debilita la credibilidad del fallo ante la opinión pública, dentro y fuera de Cuba.​

Una sentencia con fuerte carga política

El comunicado oficial subraya que Gil habría recibido dinero de firmas extranjeras, sobornado a otros funcionarios y puesto información clasificada a disposición de “servicios del enemigo”, presentándolo como un caso extremo de traición a la Patria. Sobre esa base se invocan artículos de la Constitución y del Código Penal para justificar la severidad de la condena, incluyendo la cadena perpetua y amplias sanciones accesorias.​

Sin embargo, al no haberse permitido escrutinio público del juicio ni del tratamiento a la defensa, la sentencia se percibe también como un mensaje político de castigo ejemplar a un miembro de la élite caído en desgracia. Que todo el relato del proceso dependa únicamente de notas oficiales del propio Estado refuerza la crítica de que, más que transparencia y rendición de cuentas, lo que prevaleció fue el control del relato y el cierre informativo.

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