Durante casi dos décadas, la promulgación de una Ley de Cine ha sido el principal y justificado reclamo de nuestro gremio. Ante su ausencia, las autoridades culturales y gubernamentales han emitido regulaciones sin un proceso genuino de consulta con los cineastas. Esta verticalidad arbitraria impacta negativamente en el ecosistema cinematográfico nacional. Además, logros de la Asamblea de Cineastas Cubanos (ACC), como el Fondo de Fomento, han sido intervenidos con el objetivo de instaurar una ingeniería inversa de la censura. A esta situación se suma el incremento tarifario establecido por la reciente Resolución 61 del Ministerio de Cultura y la Comisión Fílmica.

Foto: Facebook/ACC
En un país donde la Constitución (Artículo 145) confiere al Ministro la atribución de regular la cultura, esta resolución pervierte dicho mandato al transformar al ICAIC en un «intermediario obligatorio» que cobra por trámites que, para fomentar la creación, deberían ser accesibles o gratuitos. Así se vulnera el espíritu de la cultura como bien público, convirtiéndola en un negocio estatal. Esto no «desarrolla» la producción, como pretende el Acuerdo 9941, sino que la asfixia con capas de burocracia monetizada.
Tras una consulta abierta al gremio, la ACC manifiesta lo siguiente:
• La Resolución 61 opera como un mecanismo técnico y económico de censura contra nuestro cine.
• El espacio público (cielos, costas, mares) se mercantiliza, siendo accesible solo para quienes puedan pagar por su reproducción audiovisual.
• La norma no define criterios claros para distinguir entre tipos de producciones, relegando estas diferencias a un Anexo Único, lo que reduce la transparencia y previsibilidad del régimen tarifario.
• No establece plazos máximos para la tramitación de permisos ni vías formales de reclamación, afectando la seguridad jurídica de los solicitantes.
• Muchas películas, especialmente documentales de bajos recursos que requieren filmar en entornos sociales reales, se verán gravadas, pudiendo silenciar miradas críticas y vocaciones neorrealistas.
• Capitalizar el derecho a reflejar la realidad colectiva, sin un sistema integral de fomento (Ley de Cine), atenta contra la libre expresión y nuestros derechos. Esta Resolución es una barrera más para hacer cine en Cuba.
• Las tarifas no reflejan las dinámicas reales de una producción sujeta a inflación y dolarización, legislando como si existieran presupuestos estables cuando los proyectos dependen de un enorme esfuerzo personal y familiar.
• Es un golpe directo a los estudiantes, cuyos ejercicios docentes y tesis no podrán asumir estas tarifas. Los descuentos previstos desconocen la realidad formativa y el auto-financiamiento predominante.
• Sumada al desmontaje del Fondo de Fomento, la Resolución 61 amplía el control sobre la producción de contenidos, buscando censurar desde la raíz para evitar escándalos posteriores con obras terminadas.
Conclusiones y Propuestas:
• Una norma de este impacto debió ser discutida ampliamente con el gremio, no solo mediante consultas puntuales.
• Proponemos pausar su implementación, dados sus múltiples fallos, y abrir un intercambio real sobre las necesidades de nuestro cine para organizar, potenciar y diversificar su producción.
• Insistimos en la urgencia de trabajar conjuntamente en una Ley de Cine integral. Dicha ley debe articular todo el ecosistema (Comisión Fílmica, Fondo de Fomento, financiamiento, coproducciones, exhibición, etc.) alrededor de una filosofía que ponga en el centro el fomento de la cinematografía nacional y su acceso al público.
• Ordenar debe significar potenciar, no asfixiar. Si el precio de filmar lo hace inviable, no se defiende al cine: se le censura económicamente. Cuando filmar se vuelve un privilegio, el libre reflejo de nuestra realidad deja de ser un derecho, al cual los cineastas cubanos jamás renunciaremos.

Noticine.com
Observaciones Técnicas desde la ACC:
1. Fundamentación Legal y Contexto:
La resolución se ampara en el Acuerdo 9941 y normativas de Finanzas y Precios. Este marco se utiliza para justificar un esquema de cobros que mercantiliza el acceso a permisos básicos, pervirtiendo el mandato constitucional de regular la cultura y asfixiando la producción bajo una burocracia monetizada.
2. Disposiciones Generales (Artículos Primero a Quinto):
El núcleo del problema es la obligación de pagar al ICAIC por permisos que involucran a terceras entidades, creando un monopolio estatal que encarece la producción, añade demoras y controles. Los costos anticipados (sellos, aranceles) multiplican los presupuestos de manera desproporcionada. Esto establece una barrera insuperable para creadores independientes y estudiantes, contradiciendo el principio constitucional de acceso igualitario a la cultura y pudiendo usarse como un mecanismo de censura previa.
3. Anexo Único – Tarifas en CUP para Nacionales:
Las tarifas (ej: 4,500 CUP por cuadra, 4,800 CUP por día de rodaje) y sus recargos por urgencia o prórroga, representan sumas equivalentes a meses de salario para un creador independiente. Penalizan la espontaneidad creativa y, al no haber exenciones reales para proyectos educativos o no comerciales, sofocan la diversidad y la formación de nuevos talentos.
4. Anexo Único – Tarifas en Divisas para Extranjeros:
Aunque dirigidas a producciones foráneas, estas tarifas (ej: 75 EUR/USD por cuadra, 80 por día) afectan indirectamente a las coproducciones cubanas que dependen de financiación internacional, desestimulando la colaboración. Además, la resolución no aclara cómo se reinvertirían esas divisas en el cine nacional.
5. Aspectos Generales y Consecuencias:
La exclusión del valor de los sellos y aranceles del listado principal añade costos impredecibles. En conjunto, la Resolución 61 burocratiza y vulnera la producción al imponer un «impuesto a la creatividad» que refuerza el monopolio estatal, limita la pluralidad de voces y encadena la cultura a una lógica de control y lucro, en lugar de fomentarla.
