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2 de mayo de 2025 será día de receso laboral en Cuba, según nuevo decreto del Consejo de Ministros

El receso laboral del 2 de mayo será válido a nivel nacional y conlleva el pago íntegro del salario a los trabajadores.

by Alex
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2 de mayo de 2025 será día de receso laboral en Cuba, según nuevo decreto del Consejo de Ministros

La Habana, 29 de abril de 2025 – La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó en su edición extraordinaria No. 15 el Decreto 126/2025, emitido por el Consejo de Ministros, que declara el 2 de mayo de 2025 como día de receso laboral con pago del salario.

Receso laboral en Cuba

Foto: Televisión Avileña

Razones del receso laboral del 2 de mayo de 2025

Esta decisión, firmada por el Primer Ministro Manuel Marrero Cruz, se fundamenta en el Artículo 100 del Código de Trabajo (Ley 116), el cual establece que el receso laboral puede ser dictado excepcionalmente por órganos superiores del Estado o por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en función de una decisión gubernamental.

El decreto reconoce la firmeza del pueblo cubano ante situaciones adversas, su capacidad de resistencia y el esfuerzo demostrado en el cumplimiento de las tareas asignadas. Además, toma en cuenta la compleja situación energética que enfrenta el país.

“Se ha decidido disponer, por esta vez, el receso laboral el día 2 de mayo de 2025”.

Foto: Gaceta Oficial de la República de Cuba

2 de mayo – Receso laboral en Cuba: Alcance del decreto

El receso laboral del 2 de mayo será válido a nivel nacional y conlleva el pago íntegro del salario a los trabajadores. Esta medida busca ofrecer un respiro adicional tras la celebración del Día Internacional de los Trabajadores (1ro de mayo), en un contexto de dificultades energéticas y de alta carga laboral.

¿Dónde consultar el decreto oficial?

El Decreto 126/2025 puede consultarse en el sitio oficial de la Gaceta Oficial de la República de Cuba:

www.gacetaoficial.gob.cu

También está disponible físicamente en su sede: Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana, y vía telefónica a través de los números 7878-4435 y 7870-0576.

Fuente: Gaceta Oficial de la República de Cuba, Edición Extraordinaria No. 15, 29 de abril de 2025.

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